Para negociar las facturas emitidas, deberás transferirlas, mediante endoso o anotación en cuenta, a un tercero o entidad financiera, cumpliendo lo establecido por la normativa de la factura negociable. Este tercero o entidad financiera te adelantará el pago de la factura.
Las facturas negociables pueden ser transferidas a cualquier persona natural, persona jurídica o entidad jurídica.
De acuerdo a la Ley N° 29623, puedes transferir tu factura negociable a un tercero o entidad financiera. Esto incluye cualquier persona natural, banco, caja, empresa de factoring, fondo de inversión, entre otros.
Puedes transferir tu factura negociable una sola vez a un tercero o entidad financiera. Posteriormente, podrás transferirla nuevamente en caso lo consideres pertinente.
Tener financiamiento a corto plazo para capital de trabajo con tasas de interés muy competitivas respecto al financiamiento tradicional.
La evaluación de riesgo de crédito no está dirigida al proveedor (empresas que solicitan liquidez a través de sus facturas por cobrar), sino a quien vendiste tu producto y/o servicio (adquiriente).